Ley Silla aprobada. ¿Qué hacer ahora?

El pasado 4 de Diciembre fue aprobada por el Senado la #LeySilla. Esta aprobación modificará la Ley Federal de Trabajo en los artículos 132, 133, 422 y 423, que tratan sobre las condiciones laborales de los trabajadores, buscando una mejora en la salud al implementar:

  • Proveer sillas (o bancos altos) con respaldo para el uso de los trabajadores que tienen jornadas de pie.
  • Designar áreas específicas para el descanso. (estos tiempos de descanso son adicionales a tiempos de comida).
  • Una prohibición a puestos que sean 100% de pie.

Te preguntarás, ¿No ya había sido aprobada o eliminada esta ley?

Te resumimos el camino que recorrió esta ley hasta el día de hoy:

  1. Existió una primera Ley silla propuesta por Patricia Mercado Castro (MC). La cual fue aprobada en el Senado y no aprobada en la Cámara de Diputados, esto debido al enfoque y pocos fundamentos.
  2. Se crea una segunda Ley Silla, propuesta por Ricardo Monreal (MORENA). La cual cambió el enfoque y argumentos, así como un proceso inverso.
  3. Esta segunda Ley Silla primero se mandó a aprobación en la Cámara de Diputados (2 de octubre 2024) y el pasado 4 de diciembre fue aprobada por el Senado de la República.
  4. ¿Ahora qué sigue?

El proceso con los puntos relevantes es el siguiente:

  1. Debe de publicarse en El Diario Oficial de la Federación, una vez publicada entrará en vigor 180 días después.
  2. Una vez publicada, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene 30 días para emitir una normativa sobre factores de riesgo de trabajar de pie.
  3. Una vez publicada, las empresas tienen 180 días para modificar sus normativas internas y adaptación de espacios.
  4. En caso de incumplimiento se estima que las multas puedan ser desde $25,935.00 hasta $259,350.00 pesos, con la posibilidad de suspender operaciones en casos graves o de reincidencia.

Una vez aclarado todo, ¿Qué sectores deben de estar al tanto de la aprobación y empezando a adaptar sus espacios?.

  • Comercio:

Tiendas departamentales, supermercados y pequeños comercios donde los empleados suelen atender de pie.

  • Servicios:

Restaurantes, cafeterías, hoteles y otras áreas donde los trabajadores interactúan con clientes en mostradores o recepción.

  • Fábricas e Industria:

Empleados en líneas de producción que puedan realizar su trabajo sentados (esto en medida de lo posible acorde a actividades específicas).

  • Limpieza y Seguridad:

Personal que presta servicios de vigilancia o mantenimiento, especialmente en turnos largos.

  • Centros Comerciales y Oficinas:

Áreas de atención al público, como cajas registradoras o información.


¿Ya sabes el espacio disponible con el que cuentas y en que forma distribuir las sillas?

¿Requieres sillas o bancos altos?

¿Los elegirás tapizados o plásticas?

¿Cuántos colocarás acorde al tamaño de tu plantilla?

Te ayudamos a resolver todas estas dudas y las que surjan en este proceso de transición.

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